A pesar de lo que diga El Pais, el aborto es delito en nuestro país y no ha sido despenalizado. En 1982 el gobierno socialista redactó un proyecto de reforma de la ley en el que se permitía el aborto por causas eugenésicas, éticas o terapéuticas (es decir, en caso de que el feto no fuese totalmente saludable, en caso de peligro para la madre o en caso de que el nacimiento perjudicase gravemente a la madre socialmente, económicamente, etc). Pero dicho proyecto fue impugnado por el Grupo Popular (el Partido Popular) que presentó un recurso de inconstitucionalidad que ganó. El Tribunal Constitucional no declaró el contenido de la ley inconstitucional; declaró las carencias de la redacción de dicha ley. El Tribunal se excedió al considerarla inconstitucional pues podía haberse limitado a pedir la corrección de los errores, pero es un tema aparte.
Se volvió a redactar el proyecto en 1985 y finalmente fue aprobado. Así pues, el aborto está penalizado en el artículo 417 del Código Penal y sólo se permite su realización en los tres casos anteriormente citados. Sin embargo dicha ley tiene una curiosidad, la embarazada no comete delito, tiene excusa que no se aplica sin embargo a las demás personas que realicen el aborto.
Un auténtico caso de malaprensa, habría bastado con consultar cualquier manual de Derecho Penal Especial.
Se volvió a redactar el proyecto en 1985 y finalmente fue aprobado. Así pues, el aborto está penalizado en el artículo 417 del Código Penal y sólo se permite su realización en los tres casos anteriormente citados. Sin embargo dicha ley tiene una curiosidad, la embarazada no comete delito, tiene excusa que no se aplica sin embargo a las demás personas que realicen el aborto.
Un auténtico caso de malaprensa, habría bastado con consultar cualquier manual de Derecho Penal Especial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario