Una de las cosas de las que te das cuenta al entrar en la Universidad es que todos los profesores lo primero que te dicen en la primera clase del primer día es: mi asignatura es una ciencia. Tal cual. Sin justificar. A mi eso me hace mucha gracia porque parece que todos quieren justificar su puesto como profesores y su importancia en el academicismo. ¿Qué más da que tu asignatura no sea una ciencia? ¿Lo hace eso más importante? No, porque no todo es ciencia.
Si atendemos a la definición de ciencia que dan en la Real Academia nos damos cuenta de que ninguna asignatura de Derecho puede ser una ciencia:
"Conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento, sistemáticamente estructurados y de los que se deducen principios y leyes generales."
Bien, el Derecho no se abstrae mediante la observación y el razonamiento de una realidad. El Derecho son las normas impuestas por los hombres (con los hombres, entiéndase mujeres también) para regirse en sociedad en paz. Pero como no es una ciencia, en unos países creen que la mejor fórmula es una ley, y en otros otra. Si el Derecho fuese una ley, tendríamos unas leyes infalibles para todos mientras no se demuestre que hay una ley más verdadera que esa. ¿Pero cómo puede ser una ley verdadera, falsa o incompleta?.
Pero a veces nos encontramos con el colmo y eso es lo que me ha pasado ahora mismo repasando mis apuntes de derecho canónico, en los que pone textualmente: "el Derecho canónico goza de naturaleza jurídica y lo hacen basándose en que en el derecho canónico se dan los caracteres de toda ciencia jurídica".
Por partes. El Derecho canónico ni siquiera es de naturaleza jurídica por varios motivos. Algunos juristas apuntan a que es imposible ya que el Estado y la Iglesia son opuestos. Esto no lo veo justo ya que es lógico que el Estado se relacione con las distintas Iglesias al igual que se relaciona con las ONG´s y demás. Sin embargo hay una segunda idea con la que concuerdo totalmente y es que sólo el Estado tiene capacidad legislativa, es decir, el Derecho canónico sólo sería efectivo en el vaticano y no en el resto de países, porque la Iglesia no es quién para redactar leyes.
Pero lo mejor está por llegar, y es que éstos son los caracteres de toda "ciencia" jurídica según mis apuntes:
1. Intersubjetividad.
Y pone literalmente esta sandez incomprensible: "el vocablo intersubjetividad alude a la dimensión pluridimensional que manifiestan las relaciones contempladas por el Derecho". Es decir, que hay relaciones sociales: entre los fieles, de los fieles con la comunidad eclesiastica, y de los fieles con la comunidad no creyente. Menuda estupidez, es como decir que la sociedad es sociable.
2. Imperatividad.
"Todo mandato proveniente de la norma jurídica es de inexcusable cumplimiento". Sí, como las normas que rigen la comunidad de vecinos de mi bloque, o las cumples, o te largas del bloque de viviendas. Eso es todo lo imperativo que puede ser.
3. Coactividad.
Esto es casi como repetir lo de antes, lo que quiere decir es que si no cumples las normas imperativas, se te castigará. Ésto en la Edad Media podía asustar un poquito por lo que ya sabéis, pero hoy en día el peor castigo que te puede imponer la Iglesia es la excomunión. Para echarse a temblar: no hay castigo más coactivo.
4. Justicia.
Proporcionalidad. "El Derecho tiende a implantar un orden social justo con el fin de dar a cada uno lo suyo". Esto es lo mejor de todo: cinismo puro y duro. La Iglesia da a cada uno lo suyo. Por eso el Papa vive en un palacio inmenso rodeado de todo tipo de lujos: es que es lo suyo. Además, si cometes pecado y se te excomulga: ¿Dónde está el principio de proporcionalidad? ¡Me estás castigando mi vida eterna! Excomúlgame un ratito.
P.D: me acabo de dar cuenta de que mis apuntes de Derecho Canónico son un monólogo digno del Club de la Comedia oigan, lean, lean:
"En el Derecho Canónico la relación de proporcionalidad se ha verificado más rigurosamente que en los ordenamientos seculares puesto que al venir asignado por derecho divino qué es lo que le corresponde a cada uno dentro de la sociedad, es función del legislador hacer valer lo que a cada cual le corresponde como propio"
Si atendemos a la definición de ciencia que dan en la Real Academia nos damos cuenta de que ninguna asignatura de Derecho puede ser una ciencia:
"Conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento, sistemáticamente estructurados y de los que se deducen principios y leyes generales."
Bien, el Derecho no se abstrae mediante la observación y el razonamiento de una realidad. El Derecho son las normas impuestas por los hombres (con los hombres, entiéndase mujeres también) para regirse en sociedad en paz. Pero como no es una ciencia, en unos países creen que la mejor fórmula es una ley, y en otros otra. Si el Derecho fuese una ley, tendríamos unas leyes infalibles para todos mientras no se demuestre que hay una ley más verdadera que esa. ¿Pero cómo puede ser una ley verdadera, falsa o incompleta?.
Pero a veces nos encontramos con el colmo y eso es lo que me ha pasado ahora mismo repasando mis apuntes de derecho canónico, en los que pone textualmente: "el Derecho canónico goza de naturaleza jurídica y lo hacen basándose en que en el derecho canónico se dan los caracteres de toda ciencia jurídica".
Por partes. El Derecho canónico ni siquiera es de naturaleza jurídica por varios motivos. Algunos juristas apuntan a que es imposible ya que el Estado y la Iglesia son opuestos. Esto no lo veo justo ya que es lógico que el Estado se relacione con las distintas Iglesias al igual que se relaciona con las ONG´s y demás. Sin embargo hay una segunda idea con la que concuerdo totalmente y es que sólo el Estado tiene capacidad legislativa, es decir, el Derecho canónico sólo sería efectivo en el vaticano y no en el resto de países, porque la Iglesia no es quién para redactar leyes.
Pero lo mejor está por llegar, y es que éstos son los caracteres de toda "ciencia" jurídica según mis apuntes:
1. Intersubjetividad.
Y pone literalmente esta sandez incomprensible: "el vocablo intersubjetividad alude a la dimensión pluridimensional que manifiestan las relaciones contempladas por el Derecho". Es decir, que hay relaciones sociales: entre los fieles, de los fieles con la comunidad eclesiastica, y de los fieles con la comunidad no creyente. Menuda estupidez, es como decir que la sociedad es sociable.
2. Imperatividad.
"Todo mandato proveniente de la norma jurídica es de inexcusable cumplimiento". Sí, como las normas que rigen la comunidad de vecinos de mi bloque, o las cumples, o te largas del bloque de viviendas. Eso es todo lo imperativo que puede ser.
3. Coactividad.
Esto es casi como repetir lo de antes, lo que quiere decir es que si no cumples las normas imperativas, se te castigará. Ésto en la Edad Media podía asustar un poquito por lo que ya sabéis, pero hoy en día el peor castigo que te puede imponer la Iglesia es la excomunión. Para echarse a temblar: no hay castigo más coactivo.
4. Justicia.
Proporcionalidad. "El Derecho tiende a implantar un orden social justo con el fin de dar a cada uno lo suyo". Esto es lo mejor de todo: cinismo puro y duro. La Iglesia da a cada uno lo suyo. Por eso el Papa vive en un palacio inmenso rodeado de todo tipo de lujos: es que es lo suyo. Además, si cometes pecado y se te excomulga: ¿Dónde está el principio de proporcionalidad? ¡Me estás castigando mi vida eterna! Excomúlgame un ratito.
P.D: me acabo de dar cuenta de que mis apuntes de Derecho Canónico son un monólogo digno del Club de la Comedia oigan, lean, lean:
"En el Derecho Canónico la relación de proporcionalidad se ha verificado más rigurosamente que en los ordenamientos seculares puesto que al venir asignado por derecho divino qué es lo que le corresponde a cada uno dentro de la sociedad, es función del legislador hacer valer lo que a cada cual le corresponde como propio"
11 comentarios:
Desta vez fiquei com dúvidas "existenciais"...
1.O que é uma dimensão pluridimensional de uma relação além de ser um erro de Lógica e de gramática?
2."Todo mandato proveniente de la norma jurídica es de inexcusable cumplimiento" ou...?
3."El Derecho tiende a implantar un orden social justo con el fin de dar a cada uno lo suyo" :))))
4. Achas que justiça é proporcionalidade? (já não estou a falar do Direito canónico, esto a falar do Direito em geral)
jejejeje me gusta ver que te gusta ;)
quando acabar Psicologia, vou estudar Direito.
jejeje, siempre he pensado que las dos carreras más útiles en sociedad, son el derecho y la economía. Cuanto te queda de psicología?
são 5 anos e vou agora para o 3º ano. Direito está muito relacionado com Psicologia.
Nunca estudiaría derecho... y nunca me fiaría de un abogado!!! pero claro, nunca digas nunca.
Pues un abogado puede salvarte la vida ;)
nem todas as pessoas que estudam direito são advogados
edgar: yo creo que no saben lo que dicen y creo que el derecho es ciencia por que la ciencia se caracteriza por la observacion, investigacion,comprobacion, etc. y todo esto lo puede hacer el derecho pero ojo no confundan el licenciado con la materia como tal derecho.
callen caras d mi paloma
callen caras d mi paloma
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